Está en vigor: La Ley de Bienestar Animal prohíbe regalar animales como premio, recompensa, rifa o promoción

Está en vigor: La Ley de Bienestar Animal prohíbe regalar animales como premio, recompensa, rifa o promoción

Hasta hace poco, no era extraño que los animales figurasen como objeto de recompensa, rifa o promoción. Es decir, eran dados como premios a un ganador sin que mediase ningún control que pudiese garantizar su bienestar, tal y como si fuesen un coche o una lavadora.

Pero la consideración de los animales como seres sintientes y no como meros bienes que pueden ser intercambiados es una buena muestra de que la sociedad ya no acepta este tipo de prácticas. En esta línea, la legislación vigente refuerza este sentir social y prohíbe que los animales puedan regalarse de este modo.

Esto es lo que dice la Ley de Bienestar Animal sobre los sorteos y concursos con animales

Aunque resulta cada día más raro ver a los animales como objeto de rifas o premios, gracias a los cambios en la sociedad, cada vez más preocupada por cuidar de animales de compañía como perros y gatos, la ley vigente en la actualidad, la 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, más conocida como Ley de Bienestar Animal, deja claro que ofrecer animales como recompensa de cualquier tipo está prohibido.

En concreto, el artículo 25 de esta ley dice que está totalmente prohibido “utilizar animales como reclamo, recompensa, premio, rifa o promoción”. De esta forma, la nueva norma pretende evitar que cualquiera de estos animales, que pueden ser perros, gatos o de cualquier otra especie, se pueda tratar como un simple objeto o una mercancía a sortear en una tómbola, una feria, una promoción o un concurso.

La ley busca evitar que los animales acaben en manos de personas que no quieren cuidarlos

No se trata solo de que dar un perro o un gato como premio en una rifa, regalo en una promoción, etc., lo convierta en un objeto equiparable a cualquier otra recompensa material y lo aleje del ser sintiente que reconoce la legislación que es. Además, atenta directamente contra el bienestar animal, ya que, la persona que lo recibe, no tiene por qué ser un cuidador responsable.

Regalar un animal sin ningún tipo de contrato ni seguimiento puede implicar que acabe en una situación de maltrato o incluso de abandono. Y hay que añadir que, si es una persona que no espera que el animal le sea regalado, el resultado puede ser el mismo, es decir, que se vea obligada a rechazarlo, dejándolo en una perrera, protectora o en un destino mucho peor.

Como hemos dicho, la legislación busca recoger el sentir general de la sociedad, que cada vez está más preocupada por los animales, por el mantenimiento de su bienestar físico y emocional y por el castigo a cualquier tipo de maltrato. En esta línea, el concepto de tenencia responsable cobra una importancia crucial.

Su base debe ser que la persona que se haga con un animal así lo desee. Tener animales no es obligatorio y la convivencia solo debería ser fruto de decisiones bien pensadas, valorando que se quiere y puede atender todas las necesidades de ese determinado animal durante toda su vida.

Además, la Ley de Bienestar Animal obliga a que las cesiones de animales se hagan mediante un contrato, cumpliendo requisitos básicos, como que el animal esté microchipado o esterilizado, si es posible por edad y estado de salud. Por lo tanto, poner a un perro o a un gato como regalo en cualquier tipo de rifa, sorteo o promoción, atentaría, directamente, contra los principios del bienestar animal que se recogen en la mencionada ley.

Regalar animales como premio puede acarrear multas elevadas

Por supuesto, el incumplimiento de la legislación vigente, en este caso, la llamada Ley de Bienestar Animal, acarrea sanciones económicas. Esta ley tipifica las infracciones como leves, graves y muy graves, en función del daño causado a los animales. Lógicamente, las multas serán más elevadas cuanto más grave sea este.

En concreto, la mencionada ley, en su artículo 74, califica de infracción grave “utilizar animales como objeto de recompensa, premio, rifa o promoción”. Una infracción grave, según el artículo 76, tiene una sanción económica que oscila entre los 10.001 y los 50.000 euros. Además, podrían imponerse medidas accesorias, como la retirada del animal o la inhabilitación de la persona responsable.

En resumen, la mayor concienciación social sobre cuidados y bienestar animal y su consideración como seres sintientes y no meros objetos que se pueden vender, comprar o regalar sin más ha llevado a la inclusión de leyes que aumentan su protección. En esta línea se entiende la prohibición de dar animales en rifas, sorteos o cualquier promoción, recogida en la conocida como Ley de Bienestar Animal, que también incluye sanciones considerables para todos aquellos que la incumplan.

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Bibliografía
  • Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, BOE núm. 75, de 29 de marzo de 2023. Disponible en https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2023-7936