Está en vigor y conlleva multas: la Ley de Bienestar Animal obliga a tener a los perros y gatos en alojamientos adaptados a su tamaño y protegidos del frío, el calor y la lluvia

Está en vigor y conlleva multas: la Ley de Bienestar Animal obliga a tener a los perros y gatos en alojamientos adaptados a su tamaño y protegidos del frío, el calor y la lluvia

La conocida como Ley de Bienestar Animal, aprobada en España en el año 2023, tiene como objetivo la protección de los animales de compañía mediante la mejora de sus condiciones de vida y la prohibición de prácticas que puedan afectar a su bienestar tanto físico como emocional.

Una de las claves de este bienestar animal está en su alojamiento, que debe ofrecerles un refugio seguro y resguardado ante las inclemencias del tiempo. En este sentido, la ley establece una serie de requisitos. No cumplirlos tiene multa que puede llegar a ser cuantiosa.

Qué exige la Ley de Bienestar Animal para los alojamientos en espacios abiertos

La Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, aprobada, como hemos dicho, en el año 2023, nace con el espíritu de mejorar las condiciones de vida de los animales de compañía, siguiendo el pulso de una sociedad cada vez más consciente de que los animales son seres sintientes y no meros objetos.

Así, la ley cuenta con un título dedicado a la tenencia y la convivencia responsable con animales, que recoge obligaciones y prohibiciones. En concreto, en su artículo 28, habla de los animales de compañía en espacios abiertos, con alojamientos que deben adoptar las siguientes características:

  • a) Utilizar estancias que protejan a los animales de las inclemencias del tiempo.
  • b) Situar las estancias de tal forma que no estén expuestos directamente, de forma prolongada, a la radiación solar, la lluvia o frío extremo.
  • c) Emplear estancias acordes a las dimensiones y necesidades fisiológicas del animal.
  • d) Garantizar a los animales acceso a bebida y alimentación, así como adecuadas condiciones higiénico-sanitarias.

Además, el artículo 26 señala que “los animales que, por razones incompatibles con su calidad de vida, tamaño o características de su especie, no puedan convivir en el núcleo familiar, deberán disponer de un alojamiento adecuado, con habitáculos acordes a sus dimensiones y que los protejan de las inclemencias del tiempo, en buenas condiciones higiénico-sanitarias de forma que se facilite un ambiente en el que puedan desarrollar las características propias de su especie y raza; en el caso de animales gregarios se les procurará la compañía que precisen”.

Estas son las condiciones que deben cumplir los espacios donde viven los animales, según la ley

La atención que la legislación pone sobre el alojamiento de los animales de compañía nos indica que no es una cuestión menor. Animales como perros y gatos que conviven con sus cuidadores en sus domicilios particulares suelen disfrutar de espacio suficiente y protección ante las inclemencias del tiempo, ya sea el frío o el excesivo calor.

Pero, en algunos casos, estos animales pueden tener acceso al exterior o incluso residir en espacios abiertos de forma permanente. Es en estos exteriores en los que hay que extremar las precauciones y adaptar los espacios según las indicaciones establecidas en la legislación.

En este sentido, es fundamental que los animales cuenten con zonas donde se puedan refugiar del calor, del frío y de la lluvia para que siempre estén secos y a una temperatura confortable adaptada a sus características, ya que no tendrá los mismos requerimientos un husky siberiano que otra raza de pelaje corto, que, en cambio, llevará mejor el calor. Tampoco tendrán las mismas necesidades ejemplares sanos y adultos que cachorros, ancianos o perros y gatos con alguna enfermedad.

Además, si cuentan con casetas o cualquier otro espacio cerrado, este deberá ser acorde con las dimensiones del animal, de forma que pueda moverse, estirarse y acostarse en cualquier postura con toda la comodidad. Por supuesto, tal y como indica la ley, todos los animales deben tener acceso a agua limpia y fresca las 24 horas del día.

Igualmente, deben recibir una alimentación adecuada, mantenerse en espacios limpios y recibir todos los cuidados veterinarios que necesiten para garantizar su buena salud. Además, los animales gregarios, es decir, los que acostumbran a vivir en manadas, deben tener compañía. Todos estos elementos son los que van a garantizar que cada ejemplar pueda desarrollar las características que le son propias en función de su especie.

La ley contempla multas: las sanciones si las estancias para perros y gatos no son las adecuadas

Como cualquier otra ley, la Ley de Bienestar Animal prevé sanciones para los incumplimientos. Esta norma, en su artículo 72, divide las infracciones en leves, graves y muy graves, en función del daño que se le provoque al animal, ya sea a nivel físico o emocional.

En principio, mantener a un animal de compañía en un alojamiento inadecuado que no siga los requisitos establecidos en la legislación se considera una infracción leve, con multas que van del apercibimiento a los 500-10.000 euros.

Pero, ojo, si el incumplimiento de la legislación en esta materia causa daños al animal o incluso lo lleva a la muerte las infracciones pasarían a ser graves o muy graves, con multas que, en estos casos, oscilarían entre los 10.001 y los 200.000 euros.

En definitiva, la Ley de Bienestar Animal, tal y como su nombre indica, establece medidas orientadas a mejorar la vida de los animales de compañía a nivel físico y emocional. En este sentido, podemos considerar el alojamiento adecuado como uno de los pilares de su bienestar, lo que incluye proporcionar un refugio resguardado de las inclemencias del tiempo, limpio y de las dimensiones necesarias según el tamaño de cada ejemplar.

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Bibliografía
  • Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, BOE núm. 75, de 29 de marzo de 2023. Disponible en https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2023-7936