La Ley de Bienestar Animal lo deja claro: el DNI para perros y gatos no es obligatorio, pero el microchip sí

La Ley de Bienestar Animal lo deja claro: el DNI para perros y gatos no es obligatorio, pero el microchip sí

La conocida popularmente como Ley de Bienestar Animal, aprobada en el año 2023, ha introducido algunas modificaciones en las normas y prohibiciones que deben seguir, obligatoriamente, los cuidadores de perros y gatos.

Por ejemplo, por destacar algunas de las medidas más significativas, esta ley obliga a que todos los gatos, machos y hembras, se castren antes de cumplir los 6 meses de edad, salvo que estén inscritos como gatos para la cría. Por otra parte, los cuidadores de los perros deberán pasar por un curso de tenencia responsable.

El primer ejemplo se corresponde con una medida nueva que ya está en vigor. El segundo, en cambio, todavía está en fase de elaboración, por lo que aún no puede exigirse. Esta diferencia es una de las responsables de la confusión que se ha generado alrededor de esta ley. Otra es la desinformación, con la difusión como ciertas de medidas que no figuran en ninguno de sus artículos. Es lo que sucede con el llamado DNI para animales que ni es obligatorio en España ni se menciona en la legislación vigente.

El microchip y el pasaporte europeo son obligatorios para todas las mascotas

La Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, es la norma en la actualidad vigente que afecta a los animales de compañía, junto con las normativas europeas y aquellas que puedan implantarse desde las comunidades autónomas y los gobiernos locales.

En otras palabras, la Ley 7/2023, más conocida como Ley de Bienestar Animal, es la norma general que debe cumplirse en todo el Estado, aunque autonomías y ayuntamientos pueden dictar normas específicas en lo que respecta a sus competencias. Por ejemplo, los ayuntamientos tienen la potestad de decidir cuántos animales pueden vivir en los hogares.

En cuanto a la identificación animal, la ley establece que los animales de compañía, como perros y gatos, pero, también, hurones, deben poseer un microchip identificativo de forma obligatoria. Se trata de un dispositivo electrónico, del tamaño de un grano de arroz, que los veterinarios autorizados insertan por debajo de la piel. Este chip asocia al animal con un número, que será exclusivo para él, sus datos, los de su cuidador y los del veterinario que lo ha puesto. Toda esta información se comparte en una base de datos donde el animal queda registrado.

Además, con el microchip se da el pasaporte europeo, una cartilla en la que se anotan todos estos datos e información sobre las desparasitaciones, las vacunas y cualquier otra incidencia clínica relevante. El pasaporte es un documento que se exige para viajar con el animal por Europa. Así, chip y pasaporte son los elementos básicos que contempla la legislación para identificar animales de compañía.

Los animales no tienen una tarjeta de identificación obligatoria

Las personas, en España de forma obligatoria a partir de los 14 años de edad, disponemos de una tarjeta física con nuestros datos personales y huellas digitales, que se asocia a un número único y que sirve para nuestra identificación. Es el DNI o documento nacional de identidad. Por supuesto, toda esta información se incorpora a bases de datos oficiales a las que pueden acceder las autoridades autorizadas.

Como hemos explicado, los perros y los gatos constan también en bases de datos a través de su dispositivo identificador, el microchip que se les coloca bajo la piel, normalmente en la zona izquierda del cuello. Sus datos están digitalizados, como los de las personas, pero no se les entrega una tarjeta plástica como el DNI humano. En papel lo que ellos tienen es el pasaporte europeo. La confusión está en llamar DNI animal a lo que es un registro en una base de datos.

En otras palabras, animales de compañía como los perros o los gatos no tienen ninguna tarjeta plástica. Su sistema de identificación obligatorio es el microchip, que siempre llevan encima, y que permite asociarlos a un número y a unos datos que constan en un registro oficial.

Periódicamente, saltan noticias que hablan de este DNI animal como si fuese igual al de las personas. En general, son confusiones o intentos de atraer la atención hacia un contenido que, si se revisa al detalle, realmente de lo que habla es del registro de animales de compañía en la base de datos tal y como hemos explicado.

Es cierto que en algunos municipios concretos, por ejemplo en países sudamericanos como Argentina o Colombia, pueden imprimirse cédulas acreditativas de tal registro que serían el equivalente al DNI. También es verdad que en otros territorios, como Hong Kong, existen iniciativas de cuidadores que imprimen documentos de identidad como los humanos para sus animales, pero no son tarjetas oficiales ni tienen ninguna validez, aunque se hayan hecho virales en redes y se presenten como un DNI legal.

El DNI animal es simplemente un microchip con una base de datos para identificar al animal

A la vista de lo que hemos explicado, la identificación legal de perros y gatos en España pasa por acudir al veterinario para la colocación del microchip y la recogida del pasaporte europeo oficial. Insistimos en que es obligatorio, por ley, la inserción del microchip a todos los perros y gatos.

Una vez puesto este dispositivo, el animal quedará registrado en la base de datos correspondiente y el cuidador recibirá el pasaporte, que sirve tanto para desplazarse con el animal por Europa como para llevar un control específico sobre las desparasitaciones y vacunaciones periódicas, así como otras incidencias en su salud.

En resumen, no existe un DNI como el de las personas para los animales de compañía. La identificación de estos animales implica su inclusión en las bases de datos autorizadas, donde se recoge su información esencial, los datos de su tutor y de su veterinario. Esta inclusión se realiza por medio del microchip que porta el animal y del pasaporte europeo, único documento en papel que deberá custodiar el cuidador.

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Bibliografía
  • Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, BOE núm. 75, de 29 de marzo de 2023. Disponible en https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2023-7936