El pasaporte para perros y gatos será obligatorio para viajar por la UE a partir de abril (y estos son los requisitos y sanciones)
Viajar con tu perro o gato por Europa tendrá nuevas reglas a partir de este abril. El nuevo reglamento delegado, aprobado en enero del 2026, pone el foco en una serie de medidas para combatir el tráfico ilegal de mascotas, entre las que destaca la obligatoriedad del pasaporte para perros y gatos, una norma que ha generado dudas entre los tutores que quieran desplazarse con sus animales entre países de la Unión Europea.
Sin embargo, según la legislación española vigente, todos los perros y gatos ya disponen de este pasaporte, pues se vincula al microchip, que es un dispositivo de identificación obligatorio en toda España.
¿Qué cambia realmente a partir del 22 de abril?
Los reglamentos que ha aprobado la Comisión Europea, que son el (UE) 2016/429 y el Reglamento Delegado, complementario del anterior, aprobado el pasado 20 de enero, se refieren a la regulación de los viajes no comerciales de los animales de compañía por el territorio europeo.
Es decir, se trata de los traslados por Europa que puede hacer cualquier persona junto a su perro o gato por turismo, visitas a familiares, desplazamientos por motivos personales, etc., sin que el objetivo sea obtener un rendimiento comercial del animal.
Los reglamentos establecen unas medidas de obligado cumplimiento en toda la Unión Europea, en principio, a partir del próximo 22 de abril. Su objetivo es dificultar el tráfico ilegal de estos animales, así como mejorar su seguimiento o trazabilidad y controlar la transmisión de enfermedades contagiosas para personas y animales, todo ello homogeneizando la normativa de todos los países miembros de la Unión.
Pero, insistimos, es una legislación que solo tiene repercusiones en los viajes que se quieran realizar con el perro o gato por Europa.
Sin pasaporte, los perros y gatos no pueden viajar (y te expones a multas)
El pasaporte europeo que se exigirá para los viajes con animales es un documento que contiene los datos fundamentales, tanto del propio animal como de su cuidador. Así, incluye el número de microchip, los datos de la persona responsable del perro o gato, las desparasitaciones y las vacunas que se le han administrado y, además, los datos del veterinario que certifica toda la información que contiene el pasaporte.
Cumpliendo la normativa europea en cuanto a medidas zoosanitarias, podrían viajar por Europa sin problema. Pero, ¿qué pasaría si algún perro o gato no contase con este pasaporte? Es sencillo: sin pasaporte no puede hacer un viaje autorizado. El animal no podrá entrar en el país de destino.
Además, hay un factor legal importante en España, y es que el pasaporte va ligado al microchip. Es decir, si tu perro o gato no tiene pasaporte, probablemente tampoco tenga microchip. En este caso, como el chip es obligatorio, estarías incumpliendo la obligación de identificar a perros y gatos que ha establecido la legislación española, con lo que te expones a una sanción. Se califica como infracción grave y puede suponer una multa económica de entre 10.001 y 50.000 euros (como marcan los artículos 74 y 76 de la Ley 7/2023).
Volviendo a los viajes, si se pretende entrar en otro país con un animal sin el pasaporte, este podría quedar retenido, en cuarentena o devuelto al país de origen. Por otra parte, el cuidador también se expone a una sanción económica.
La buena noticia: probablemente tu mascota ya tiene este documento
Aunque la nueva medida puede ser alarmante y confusa, en España la realidad es distinta: la gran mayoría de los perros y gatos ya cuentan con su pasaporte europeo. Este documento lo entrega el veterinario al poner el microchip, un dispositivo de identificación obligatorio en todo el Estado, tanto para perros como para gatos, como así dispone la legislación vigente, la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, en el artículo 51: “Serán obligatoriamente objeto de identificación, mediante microchip, los perros, gatos y hurones”.
En otras palabras, el pasaporte europeo lleva tiempo sustituyendo a la tradicional cartilla de vacunaciones, que era la que tenían los animales que no estaban microchipados. La única diferencia es que, si queremos viajar por Europa, es obligatorio que el animal esté vacunado contra la rabia.
Esta vacuna la tendrán ya muchos animales en España, pero no todos, pues hay comunidades autónomas, como Galicia, en las que no es obligatoria. Para viajar, estos animales sí tendrían que tenerla puesta, al menos desde 21 días antes del viaje.
También se va a requerir la desparasitación interna contra equinococos (en concreto, Echinococcus multilocularis), antes del viaje (entre 1-5 días), y un certificado del veterinario que confirme una buena salud. Por último, el animal tiene que tener más de 12 semanas de vida.
En resumen, las personas que quieran viajar por Europa con su perro o gato deberán contar con su pasaporte europeo al día y atender a los requerimientos que se puedan establecer en materia zoosanitaria. En general, se pedirá que el animal esté microchipado, vacunado contra la rabia y desparasitado internamente contra equinococos. Además, el veterinario deberá certificar su buen estado de salud.
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- Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, BOE núm. 75, 29 de marzo de 2023. Disponible en https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2023-7936
- Reglamento Delegado de la Comisión de 20.1.2026 por el que se complementa el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los requisitos zoosanitarios para los desplazamientos sin fines comerciales de animales de compañía. Disponible en https://data.consilium.europa.eu/doc/document/ST-5586-2026-INIT/es/pdf