Una sentencia histórica reconoce que faltar al trabajo por una urgencia con tu mascota ya no justifica el despido
Una sentencia ha marcado un antes y un después para los derechos de los trabajadores que viven con animales. Ahora, cuidar de tu mascota por una emergencia veterinaria está protegido por la ley: el Juzgado Social nº 25 de Barcelona ha reconocido que faltar al trabajo por esta razón ya no puede justificar un despido. El caso de una trabajadora que tuvo que ausentarse para aplicar la eutanasia de urgencia a su perra ha puesto de manifiesto la importancia de considerar las razones humanitarias y éticas por encima de la obligación laboral.
La decisión judicial refleja el cambio que estamos experimentando como sociedad respecto a la relación que establecemos con los animales de compañía. Tal y como apunta Albert Vallribera, abogado del Col·lectiu Ronda que representó a la trabajadora, "afortunadamente han dejado de ser considerados como simples bienes para convertirse en lo que son: seres vivos titulares de derechos sobre los cuales, como cuidadores, tenemos una responsabilidad objetiva que no es superficial ni caprichosa, sino exigible e imperativa".
Despedida por ausentarse para aplicar la eutanasia de urgencia a su perra
La trabajadora, que era empleada de Majorel SP Solutions, S.A.U. desde marzo de 2023, fue despedida por cuatro ausencias injustificadas durante un mes. La empresa consideró que esas ausencias constituían una falta "muy grave" según el Convenio Colectivo del sector y comunicó el despido disciplinario en enero de 2025.
En uno de esos días, el 29 de noviembre de 2024, la ausencia de la trabajadora se debió a que recibió la llamada del veterinario que estaba atendiendo a su perra enferma para comunicarle que, por su grave estado de salud, era necesario aplicarle la eutanasia de urgencia. Por ello, pese a no tener autorización, la trabajadora acudió a la clínica para acompañar a su perrita en su último adiós.
Tras ser despedida, la trabajadora interpuso un recurso y ahora el juez le ha dado la razón: considera inmoral alargar el sufrimiento del animal por esperar a que finalice la jornada laboral de su tutora.
Así decidió el juzgado: ''Las razones humanitarias y éticas justifican la ausencia''
Después de analizar los hechos, el juez ha declarado improcedente el despedido y ha ordenado que la trabajadora sea readmitida, manteniendo intactas sus condiciones y abonándole los salarios correspondientes desde su despido, o, en caso de finalizar la relación laboral, que reciba una indemnización de 4.116,42 €.
Admite que su ausencia respondía a "razones humanitarias, éticas y morales que justifican que se haya priorizado la salud de un animal doméstico que prácticamente agonizaba", y argumenta que la decisión se basa, fundamentalmente, en la Ley 7/2023 de protección de los derechos y bienestar de los animales. Esta ley establece que la sociedad debe reconocer, valorar y proteger la dignidad de los animales, quienes son un miembro más de la familia. Y en este contexto, ausentarse por una urgencia veterinaria estaría totalmente justificado.
Lo que esta decisión judicial significa para la relación entre trabajo y cuidado de mascotas
Esta sentencia va más allá de un simple conflicto entre una trabajadora y la empresa que la ha despedido. Refleja una realidad cada vez más evidente: los animales con los que convivimos son un miembro más de la familia y, como tal, su cuidado también implica responsabilidades que no siempre pueden esperar.
Cuando un animal enferma o necesita atención urgente, no se trata de una cuestión de comodidad, sino de acompañar y atender a un ser vivo, a un familiar, en un momento crítico. Y esto es precisamente lo que reconoce la decisión judicial, que hay situaciones excepcionales en las que actuar con responsabilidad y empatía debe prevalecer por encima de un horario laboral.
En qué situaciones una ausencia laboral por tu mascota puede estar justificada según la ley
Dado que no existen permisos laborales específicos para este tipo de situaciones, cada caso debe valorarse de forma individual. En esta sentencia, el juez se apoyó en la ley de protección y bienestar animal debido a que es la que, actualmente, rige cuáles son las obligaciones de los tutores de mascotas. Por tanto, basándonos en esta ley, ciertas circunstancias podrían justificar que un trabajador se ausente de su puesto de trabajo para atender a su animal.
Entre las situaciones más habituales se incluyen las siguientes:
- Enfermedades graves o repentinas que requieran atención inmediata.
- Accidentes, como atropellos o heridas graves, que puedan poner en riesgo la vida del animal.
- Procedimientos veterinarios urgentes, como una cirugía de emergencia.
- Eutanasia de urgencia, cuando prolongar el sufrimiento del animal sería inhumano.
Todos estos casos tienen algo en común: son situaciones imprevisibles que afectan directamente al bienestar del animal, llegando incluso a poner en riesgo su vida si no se atienden. Por ello, y haciendo referencia a la decisión judicial en Barcelona, siempre que se trate de una acción ética y responsable, la ausencia para atender a una mascota puede considerarse justificada.
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- Boletín Oficial del Estado. (2023). Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales (BOE‑A‑2023‑7936). https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2023-7936
- Consejo General del Poder Judicial. (2026, 5 de febrero). Un juzgado de Barcelona avala faltar al trabajo por una urgencia veterinaria de la mascota. Poder Judicial. https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Noticias-Judiciales/Un-juzgado-de-Barcelona-avala-faltar-al-trabajo-por-una-urgencia-veterinaria-de-la-mascota
