Ya es oficial: los perros y gatos no pueden viajar por la UE sin su tutor, salvo en un caso concreto

 
Por María Besteiros, ATV y peluquera canina/felina. 23 abril 2026
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En este mes de abril de 2026 se ha actualizado la normativa europea que afecta al traslado de animales entre los países de la Unión cuando este no tiene intención comercial, es decir, se trataría de viajes para acompañar a sus cuidadores. El objetivo es garantizar el bienestar animal, pero, también, la seguridad, tanto para personas como para otros animales. No hay que olvidar que animales de compañía, como los perros o los gatos, pueden transmitir enfermedades y parásitos.

El control de estos viajes se basa en la identificación de los animales con microchip y la posesión de un pasaporte veterinario que acredite su buen estado de salud y vacunación. La normativa está pensada para que los animales viajen con su cuidador, pero también podrían hacerlo con otra persona debidamente autorizada.

Los animales pueden viajar sin su tutor en la UE, pero solo bajo estas reglas

En general, animales de compañía, como perros, gatos o hurones, deberán viajar por la Unión Europea siempre acompañados de su cuidador, es decir, de la persona responsable de su atención y titular del ejemplar ante las autoridades.

Pero la normativa europea también contempla la posibilidad de que, en algunas circunstancias, los animales no viajen con su tutor. Esto no significa que puedan viajar solos, siempre tendrán que estar acompañados por una persona, en este caso, la que designe su cuidador.

Para cumplir con la legalidad tendrá que poseer una autorización por escrito del tutor legal del animal en la que conste su firma y la declaración de que el viaje no se debe a razones comerciales. Sin ella, no podrá viajar con él. Pero hay que tener en cuenta un requisito más para poder realizar este desplazamiento: el animal tendrá que trasladarse en un plazo de cinco días respecto al viaje de su cuidador, esto es, su salida solo podría hacerse durante los cinco días antes o los cinco días después de la salida del cuidador.

Ambos requisitos, tanto la autorización escrita como el intervalo temporal delimitado, son fundamentales para que el animal pueda salir del país sin su cuidador. Si alguno de estos requisitos no se cumple o se pretende que el animal realice el trayecto en solitario, ya no se considerará un viaje no comercial y el animal entraría en el ámbito legal de la importación o el comercio de animales de compañía, lo que implica la implementación de una normativa distinta, con requisitos zoosanitarios todavía más estrictos.

Aunque viajen con otra persona, estos requisitos son imprescindibles

En los casos en los que los animales de compañía puedan viajar por Europa sin su cuidador, no solo hará falta la autorización por escrito. Igualmente, como cualquier otro animal que sí viaje con su tutor legal, se tendrán que cumplir todos los demás requisitos que la Unión Europea establece para los viajes no comerciales de animales. Son los siguientes:

  • Microchip: es obligatorio que todos los animales que viajen estén identificados con el microchip. La única excepción son los ejemplares que, por cualquier motivo, en vez de microchip lleven tatuaje identificativo, siempre que lo tengan con anterioridad al 3 de julio de 2011.
  • Vacuna contra la rabia: el animal debe estar correctamente vacunado contra esta enfermedad, es decir, tiene que tener al día la puesta de esta vacuna (normalmente, la legislación pide una revacunación cada año).
  • Pasaporte europeo: es imprescindible para los traslados de animales por Europa. Se trata de un documento, estandarizado para toda la Unión, que entrega el veterinario a los cuidadores en el momento del microchipado. En él constan todas las vacunas que ha recibido el animal, así como las desparasitaciones más importantes, los datos del chip, del propio animal y de la persona titular a efectos legales. También figuran los datos del veterinario, autorizado por las autoridades, que lo ha expedido.

La UE permite viajar con hasta cinco animales por cuidador, con excepciones

Por último, cabe señalar que es posible que en los viajes por Europa el cuidador traslade a más de un animal. El límite está en cinco ejemplares por viaje, que pueden llevar tanto el propio cuidador como la persona a la que este haya autorizado.

La excepción a esta norma está en los ejemplares que participen en concursos, exhibiciones o competiciones deportivas. En estos casos, sí podrían viajar más de cinco animales, pero el cuidador o la persona autorizada tendrán que demostrarlo documentalmente, por ejemplo, presentando el formulario de inscripción en alguna de las actividades mencionadas. Además, los ejemplares tienen que superar los 6 meses de edad. En caso contrario, se considerará que aplica la normativa específica para la importación o el comercio de animales, con requisitos zoosanitarios más estrictos.

En definitiva, los animales de compañía pueden viajar por Europa acompañados de su cuidador o de una persona debidamente autorizada por este mediante documento escrito, siempre que el viaje se produzca cinco días antes o después del de su cuidador. En cualquier caso, tendrán que estar vacunados al día contra la rabia y poseer un microchip y un pasaporte europeo.

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