Una etóloga canina advierte sobre las nuevas normas de la UE para viajar con mascotas: “Protegen la salud, pero dejan fuera cómo viajan realmente los animales”

 
Por Eva López, Editora Sénior. 29 abril 2026
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La normativa europea sobre viajes con mascotas se ha actualizado recientemente y entró en vigor el pasado 22 de abril de este año. Los pilares básicos apenas han cambiado: identificación obligatoria y vacunación antirrábica válida siguen siendo la base del sistema. Sin embargo, para garantizar aun más la seguridad y evitar el tráfico ilegal de mascotas, se han reforzado algunas normas.

En este contexto, la etóloga canina Marta Sarasúa aporta una visión crítica que va más allá del tema administrativo. La experta señala que la normativa se centra, sobre todo, en reforzar el control sanitario, pero deja a un lado el bienestar de los animales, especialmente cuando viajan en avión.

La nueva normativa de la UE “protege la salud, pero no el bienestar de los animales”

Uno de los puntos clave de la actualización de la normativa es el refuerzo de la trazabilidad sanitaria. Según se especifica en el Reglamento Delegado (UE) 2026/131, que actualiza y complementa el Reglamento (UE) nº 576/2013 y el Reglamento (UE) 2016/429, uno de los objetivos principales es “garantizar un nivel suficiente de seguridad para reducir los riesgos para la salud pública y la salud animal que entrañan los desplazamientos sin fines comerciales y, más concretamente, el riesgo de propagación de las enfermedades” señaladas en el Reglamento (UE) 2016/429, como la rabia.

En este sentido, las medidas se centran principalmente en proteger la salud física de los animales y el control sanitario de los desplazamientos. Esto, unido a la obligatoriedad de identificar a los animales, que además solo pueden viajar con su tutor, también busca evitar el tráfico ilegal y los movimientos con fines comerciales.

Sin embargo, la normativa no introduce cambios en lo que respecta al bienestar de los animales durante el viaje, sobre todo en aspectos relacionados con el estrés, la ansiedad o las condiciones reales de transporte. Por tanto, se refuerza el control sanitario, pero no se presta atención al bienestar emocional de los animales.

Sobre este punto, Marta Sarasúa es clara: “Estas medidas aportan protección, ya que pueden evitar contagio de enfermedades o ciertos malos tratos, pero no se centran en el bienestar de los propios animales”. Y subraya que “aspectos como los relativos a las condiciones del propio viaje, especialmente cuando se hace por aire, se quedan muy cortos”.

El gran vacío de la normativa: cómo viajan los animales (especialmente en avión)

La normativa europea establece requisitos claros de entrada a los Estados miembros, pero no regula de forma detallada las condiciones reales del transporte. Este es, según Sarasúa, el mayor punto débil del sistema.

Cada método de transporte está regulado por diferentes organismos y reglamentos. En el caso específico del avión, la etóloga advierte que existe un problema estructural debido a que el transporte aéreo de animales depende, en gran medida, de las propias aerolíneas, no de una legislación comunitaria. Esto puede generar situaciones desiguales en función del país, por ejemplo.

Pero su preocupación va más allá de la burocracia, y explica: “Muchos animales sufren grandes episodios de ansiedad y estrés, o incluso fallecen por viajar encerrados en jaulas en las bodegas de los aviones que no están, en ningún caso, adaptadas a las necesidades de los animales”.

La normativa de la UE prioriza el control documental (microchip, vacunas, pasaporte, certificados zoosanitarios...), pero no establece estándares comunes de bienestar durante los desplazamientos en sí.

Los animales que viajen frecuentemente podrían someterse a una “sobrevacunación”, según los expertos

Otro de los debates sobre la actualización de la normativa tiene que ver con los tratamientos veterinarios que se deben aplicar a los animales para poder viajar por la Unión Europea. Concretamente, el mayor problema está en aquellos ejemplares que deben viajar con frecuencia.

Las reglas exigen vacunación antirrábica válida y refuerzos dentro de los plazos establecidos. Estas vacunas deben aplicarse, al menos, 21 días antes del viaje para que el animal pueda desarrollar la inmunidad necesaria. Además, para entrar en determinados países, como Finlandia o Irlanda, también es obligatorio aplicar al animal un tratamiento contra la tenia Echinococcus multilocularis entre 24 y 120 horas antes del viaje.

En este contexto, la experta advierte de un posible efecto secundario: “Aquellos animales que vayan a viajar con cierta regularidad podrían someterse, en mi opinión, a una sobrevacunación o una sobremedicación con fármacos antiparasitarios si se sigue estrictamente los periodos marcados por la ley”.

Por eso, Sarasúa plantea alternativas más flexibles desde el punto de vista veterinario, como “presentar una titulación de anticuerpos o un coprológico negativo para garantizar que están libres de parásitos”.

El punto clave: más control y trazabilidad, pero mismas obligaciones

Según la propia regulación, no se ha modificado de forma sustancial las obligaciones de los tutores de animales de compañía, por lo que los requisitos principales siguen siendo claros: microchip obligatorio, vacunación contra la rabia en vigor y pasaporte europeo. A estos, se suman otros aspectos, como que el animal solo puede viajar con su responsable legal o que no es posible desplazarse con más de cinco animales por los Estados miembros.

El cambio real, por tanto, está en el endurecimiento de los controles fronterizos, con una mayor verificación documental, y en el refuerzo del control sanitario. A su vez, la UE está trabajando para mejorar la digitalización de todo el sistema y crear unas bases de datos interconectadas.

Por todo ello, la conclusión es que viajar con animales en la UE está cada vez más controlado y vigilado, pero el debate sobre el bienestar animal durante los desplazamientos sigue abierto.

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