Adiós a esperar en la calle: la ley prohíbe dejar al perro atado solo en la puerta de los comercios (con multas de hasta 10.000 euros)
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¿Sueles dejar a tu perro atado en la puerta de la farmacia o el súper mientras haces un recado rápido? Cuidado, porque esa costumbre tan común ahora es ilegal en España y la multa puede ascender hasta los 10.000 euros.
En el año 2023 se aprobó una nueva ley para la protección de los animales de compañía, con el objetivo de mejorar su bienestar. Como en todas las leyes, algunas de sus medidas entraron ya en vigor, mientras que otras todavía se encuentran en espera, debido a que requieren el desarrollo de distintos reglamentos.
Este hecho puede generar cierta confusión entre los cuidadores, que no saben qué medidas deben cumplir ya o cuáles pueden esperar. Entre las que ya están en vigor y, por lo tanto, deben cumplirse bajo riesgo de sanción está la prohibición de dejar a los perros atados a las puertas de los comercios.
Sin supervisión, no hay espera: lo que dice la ley sobre los perros atados en la calle
La Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, ha traído novedades que todos los cuidadores de perros y gatos deben conocer. La contratación de un seguro de responsabilidad civil, la necesidad de realizar un curso para una tenencia responsable o la obligatoriedad de castrar a los gatos antes de los seis meses son algunas de las medidas más difundidas.
Pero no las únicas. En cuanto a los perros, destaca, por ejemplo, la prohibición de dejarlos solos por periodos superiores a 24 horas seguidas, confinarlos en la terraza o, la medida que nos ocupa, es decir, la imposibilidad de que se queden atados en el exterior de los comercios. En concreto, la ley prohíbe, en su artículo 27, lo siguiente: “Mantenerlos atados o deambulando por espacios públicos sin la supervisión presencial por parte de la persona responsable de su cuidado y comportamiento”.
En otras palabras, lo que dice la ley es que, si los cuidadores quieren entrar en algún comercio, no pueden hacerlo dejando al perro atado en el exterior. Esta acción se había convertido en práctica habitual. De hecho, en muchos de estos comercios, como supermercados, fruterías o farmacias, incluso se habían colocado pequeños ganchos para poder dejar la correa del perro allí atada.
¿Por qué se ha prohibido? Los riesgos reales de dejar al perro solo en la puerta
Cuando una ley prohíbe la realización de una acción que se había convertido en tan común como lo era dejar al perro atado en la entrada de un comercio, no es extraño que genere controversia y reacciones en contra. Pero lo cierto es que la ley busca mejorar la seguridad de los perros y evitar problemas en la vía pública.
Con mejorar la seguridad nos referimos a que dejarlos solos, aunque sea un momento, puede exponerlos a robos o a ataques de otros perros. Respecto a la problemática en la vía pública, la ley pretendería prevenir situaciones que pueden resultar molestas, como ladridos excesivos, o incluso peligrosas, como, por ejemplo, que el animal reaccione mordiendo a un niño que se le acerque.
La alternativa legal a dejarlo en la calle: ¿puedes entrar con tu perro al comercio?
Por otra parte, la Ley 7/2023 también habla del acceso con animales de compañía a establecimientos. En concreto, en su artículo 29 recoge que: “Los establecimientos públicos y privados, alojamientos hoteleros, restaurantes, bares y en general cualesquiera otros en los que se consuman bebidas y comidas, podrán facilitar la entrada de animales de compañía que no constituyan un riesgo para las personas, otros animales y las cosas, a zonas no destinadas a la elaboración, almacenamiento o manipulación de alimentos, sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa sobre salud pública, o de las ordenanzas municipales o normativa específica”.
Por lo tanto, la alternativa a dejar al perro atado, en muchos casos, puede ser entrar con él en el establecimiento. Aquellos en los que el titular no permita la entrada de animales deben “mostrar un distintivo que lo indique, visible desde el exterior del establecimiento”, según el artículo 29 de la misma ley.
De 500 a 10.000 euros: el precio de dejar al perro atado “solo un momento”
Según la Ley 7/2023, dejar al perro atado a la entrada de un establecimiento puede ser constitutivo de una infracción leve, aquella que “conlleva la inobservancia de prohibiciones” que establece la legislación vigente, pero “sin provocar daños físicos ni alteraciones de su comportamiento al animal” (artículo 73).
Las sanciones impuestas para las infracciones leves también están determinadas en la propia ley, que, en su artículo 76, determina que este tipo de infracciones se sancionarán “con apercibimiento o multa de quinientos a diez mil euros”.
Pero hay que tener en cuenta que si se reitera una infracción leve, es decir, si se comete “más de una infracción leve en el plazo de tres años”, esta pasará a considerarse grave (artículo 74), lo que conlleva un incremento considerable de la sanción, que puede oscilar entre los 10.001 y los 50.000 euros.
En resumen, dejar a los perros atados a las puertas de los establecimientos es, en la actualidad, una práctica que puede ser multada por la nueva Ley 7/2023, de protección de los derechos y el bienestar de los animales. La alternativa a una multa puede ser buscar establecimientos en los que la entrada de los perros sea bienvenida.
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- Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, BOE núm. 75, de 29 de marzo de 2023. Disponible en https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2023-7936
