Es oficial: la Ley de Bienestar Animal prohíbe que perros y gatos vivan en sótanos, patios o jardines
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La entrada en vigor de la Ley 7/2023 de protección de los derechos y el bienestar de los animales supuso uno de los mayores cambios normativos en materia de tenencia responsable de mascotas en España. Entre las numerosas obligaciones que incorporó la norma hay una que afecta directamente a una práctica relativamente frecuente en algunas viviendas: dejar que perros y gatos vivan de forma habitual en patios, sótanos, terrazas, balcones o espacios exteriores separados de la convivencia cotidiana con las personas.
La prohibición no responde únicamente a una cuestión de comodidad. La legislación entiende que el bienestar animal implica mucho más que proporcionar agua, comida o un lugar donde dormir. Parte de la consideración de los animales como “seres sintientes” y establece que sus responsables deben garantizar unas condiciones de vida compatibles con sus necesidades físicas, psicológicas y sociales.
El texto legal es muy explícito: en su listado de conductas prohibidas establece que no se puede “mantener de forma permanente perros o gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares o vehículos”.
La ley no prohíbe que estén en patios, jardines o sótanos: prohíbe que vivan allí
Uno de los aspectos que más confusión ha generado es el significado de la expresión “de forma permanente”. La ley no impide que un perro salga al patio a jugar, que descanse unas horas en una terraza durante el día o que un gato tenga acceso a determinadas zonas exteriores de la vivienda. Lo que se prohíbe es convertir esos espacios en su lugar habitual de residencia.
La diferencia es importante. Un perro puede disfrutar de un jardín o de un patio siempre que tenga acceso a la vivienda, reciba atención adecuada y no permanezca aislado de manera continuada. Lo mismo ocurre con los gatos que viven en casas con patios interiores o terrazas acondicionadas. La infracción aparece cuando el animal pasa allí la mayor parte de su vida, especialmente si permanece separado de la convivencia familiar y expuesto a condiciones ambientales adversas.
Lo que le ocurre a perros y gatos que viven aislados en patios, jardines o sótanos
La norma se apoya en una idea respaldada por veterinarios y especialistas en comportamiento animal: perros y gatos son animales sociales que necesitan interacción, estimulación y supervisión. Mantenerlos durante meses o años en patios, sótanos o azoteas puede favorecer problemas de estrés, ansiedad, aislamiento, miedo o conductas compulsivas. Además, estos espacios suelen exponerlos con mayor intensidad a temperaturas extremas, humedad, lluvia o golpes de calor.
En el caso concreto de los sótanos, la preocupación es aún mayor. Se trata de lugares donde a menudo existe escasa ventilación, poca luz natural y un entorno poco adecuado para satisfacer las necesidades etológicas de perros y gatos. La ley no distingue entre un sótano amplio o pequeño: lo relevante es que no puede utilizarse como residencia permanente para el animal.
Multas y retirada del animal: las sanciones por incumplir la Ley de Bienestar Animal
El incumplimiento de esta obligación puede dar lugar a sanciones administrativas importantes. La Ley de Bienestar Animal clasifica diversas conductas relacionadas con la tenencia inadecuada de animales como infracciones leves, graves o muy graves. Dependiendo de las circunstancias concretas, mantener a un perro o un gato de forma permanente en alguno de estos espacios puede derivar en multas muy onerosas en euros.
Además de la sanción económica, la normativa contempla medidas accesorias que pueden incluir la retirada temporal o definitiva del animal cuando las autoridades consideren que existe una situación de riesgo para su bienestar.
La ley también refuerza esta filosofía mediante otras obligaciones relacionadas con la supervisión. Por ejemplo, establece que los animales de compañía no pueden permanecer solos durante periodos excesivamente largos y fija un máximo de 24 horas consecutivas para los perros y de tres días para otros animales de compañía.
Todo ello forma parte de un cambio de enfoque que pretende alejarse de la idea tradicional según la cual bastaba con proporcionar refugio y alimentación. El bienestar animal se entiende ahora como un concepto más amplio que incluye salud física, equilibrio emocional, posibilidad de desarrollar comportamientos propios de la especie y convivencia adecuada con las personas.
Quienes tengan una vivienda con sótano, azotea, patio, terraza o jardín no deben interpretar la norma como una prohibición de utilizar esos espacios. Lo que la ley busca evitar es que se conviertan en lugares de confinamiento permanente. Los perros y gatos pueden disfrutar de ellos, pero su residencia habitual debe garantizar unas condiciones de vida dignas y compatibles con sus necesidades como animales de compañía.
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