La Ley de Bienestar Animal lo deja claro: los responsables de perros y gatos están obligados a responder por los daños o molestias que causen a personas, animales o cosas
Convivir con un perro o un gato implica asumir obligaciones que no terminan en garantizarle alimentación, atención veterinaria y unas condiciones de vida adecuadas. La legislación española también establece que la persona responsable del animal debe adoptar medidas para impedir que cause daños, peligros o molestias a terceros.
Así lo recoge la Ley 7/2023, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, en vigor desde el 29 de septiembre de 2023. Su artículo 24.3 establece que la persona responsable también responde de los posibles “daños, perjuicios o molestias” ocasionados a personas, otros animales, cosas, espacios públicos o el medio natural, siempre de acuerdo con la legislación aplicable y cuando no medie provocación o negligencia de un tercero.
La cuestión es especialmente importante porque esta obligación se complementa con otras normas españolas, entre ellas el Código Civil, que regula específicamente la responsabilidad por los perjuicios causados por animales.
La responsabilidad no se limita a las mordeduras: también incluye daños, perjuicios y molestias
La Ley 7/2023 no se limita a hablar de mordeduras. El artículo 24.3 incluye daños, perjuicios y molestias que afecten a personas, otros animales o cosas, además de los producidos en vías y espacios públicos o en el medio natural.
Los ejemplos permiten entender mejor su alcance. Si un perro se escapa y ataca a otro perro, su responsable puede tener que responder por las consecuencias. Lo mismo puede ocurrir si muerde a una persona, provoca daños materiales o causa un accidente.
También existen situaciones menos evidentes. Un perro que permanece ladrando de forma persistente y genera molestias acreditables a los vecinos, o un gato que suele colarse en los balcones o jardines ajenos, puede originar un conflicto en el que entren en juego, además de la Ley de Bienestar Animal, las ordenanzas municipales y, cuando corresponda, la Ley de Propiedad Horizontal.
Por eso no significa que cualquier ladrido ocasional sea sancionable. Deben valorarse las circunstancias y la normativa aplicable en cada caso.
Que el perro se escape no evita que su responsable responda por los daños causados
Que el animal se haya escapado no libera automáticamente de responsabilidad a la persona que lo tenía a su cargo. El artículo 1905 del Código Civil establece que el poseedor de un animal, o quien se sirve de él, responde de los perjuicios que cause, incluso cuando se escape o extravíe.
Pensemos en un ejemplo concreto: un perro sale de una finca, entra en la calzada y provoca la caída de un ciclista. El hecho de que su responsable no haya soltado deliberadamente al animal no significa por sí solo que quede exento de responder por las lesiones o desperfectos ocasionados.
Otro caso sería el de un perro que se escapa durante un paseo y ataca a otro animal, provocándole lesiones que necesitan atención veterinaria. Esos gastos pueden formar parte de la reclamación correspondiente.
El Código Civil contempla dos excepciones: cuando el daño proceda de fuerza mayor o de culpa de quien lo haya sufrido. Por tanto, cada incidente debe analizarse atendiendo a sus circunstancias concretas.
Morder a una persona puede tener consecuencias económicas muy elevadas
Una mordedura permite apreciar con especial claridad las consecuencias de esta responsabilidad. Si un perro lesiona a una persona, su poseedor puede tener que responder económicamente por los perjuicios provocados.
El Tribunal Supremo ha abordado recientemente un caso especialmente ilustrativo. En una sentencia de 2026 confirmó una indemnización de 298.977 euros a un hombre que sufrió la amputación de un dedo después de ser mordido por un perro cuando intentaba proteger a su propia mascota.
El Supremo aplicó el artículo 1905 del Código Civil y descartó que la reacción del lesionado justificara atribuirle parte de la responsabilidad.
Esto no significa, naturalmente, que cualquier mordedura genere una indemnización semejante. La cantidad dependerá de las circunstancias y de los daños acreditados: lesiones, tratamientos médicos, secuelas, perjuicios económicos u otros conceptos que correspondan.
No todos los daños o molestias pueden acabar en una multa de 200.000 euros
Aquí es importante diferenciar conceptos. La Ley 7/2023 establece sanciones administrativas de 500 a 10.000 euros para las infracciones leves, de 10.001 a 50.000 para las graves y de 50.001 a 200.000 euros para las muy graves.
Pero estas cantidades no significan que el propietario de un perro que rompa un objeto o cause cualquier molestia reciba automáticamente una multa de hasta 200.000 euros.
Para imponer una sanción debe existir una conducta tipificada como infracción y determinarse su gravedad conforme a la ley. Además, la responsabilidad administrativa es diferente de la responsabilidad civil que puede obligar a indemnizar los daños ocasionados.
Por ejemplo, una persona podría afrontar una reclamación por los gastos veterinarios derivados de las lesiones que su perro causó a otro animal y, si además su conducta constituye una infracción administrativa, enfrentarse al procedimiento sancionador correspondiente.
No basta con responder por los daños: la responsabilidad empieza antes del accidente
La ley no exige únicamente reaccionar después de producirse un problema. Entre las obligaciones generales figura ejercer una vigilancia adecuada y evitar la huida del animal.
Un paseo bajo control, un cerramiento seguro y una intervención temprana ante problemas de comportamiento ayudan a prevenir situaciones que pueden acabar causando daños.
La legislación española parte de una idea muy clara: tener un animal supone responsabilizarse tanto de su bienestar como de las consecuencias que pueda ocasionar a terceros.
Además de prevenir estas situaciones, la legislación establece una medida específica para hacer frente a sus posibles consecuencias. El artículo 30.3 de la Ley 7/2023 obliga a las personas titulares de perros a contratar y mantener durante toda la vida del animal un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, que también debe cubrir a las personas responsables del animal. Sin embargo, esta obligación todavía requiere desarrollo reglamentario para concretar, entre otros aspectos, la cuantía de cobertura del seguro.
En definitiva, convivir con un animal implica no solo garantizar su bienestar, sino también prevenir y asumir las consecuencias que pueda causar a otras personas, animales o bienes.
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